CALCULO LACTANCIA

J

JAG6

Guest
Hola a todos,
Hay una trabajadora que pide compensar la hora de lactancia con días libres y tengo la duda de cómo hacer el cálculo para hallar los días que le corresponderían.
Yo había pensado en coger la hora que le corresponde y multiplicarla por los días laborales que hay hasta que el bebé cumpla los nueve meses, pero me surge la duda de si tengo que coger dentro del cálculo el 25 de diciembre, o el 1 de enero, por ejemplo.
Otra duda que me surge es que ella está con un contrato a tiempo parcial de 5 horas al día (25 horas a la semana), por lo que no sé si una vez sacadas las horas, dividirlas entre 8 horas de una jornada laborable o las 5 horas que ella desempeña.
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas. Un saludo,
 

Raquel GR

Miembro activo
Pues como dices, una hora por día laboral, día que trabaja.....una hora de lactancia, si no trabaja ni el 25 ni el 1 pues no tiene hora para acumular
Y sí, para que te de el  número de días, luego el total de horas que te salga pues lo divides entre su jornada, que si son 5 pues entre 5.

Supongo que habrás mirado el convenio, por si establece ya un número de dias a disfrutar en caso de acumulación.

Un saludo.
 
J

JAG6

Guest
Hola Raquel GR,
Gracias por tu pronta respuesta.  ;) Sí, había mirado en Convenio y establece 15 días, pero de todos modos quería tener claro cómo hacer el cálculo.
Un saludo,
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues si el convenio dice 15 dias son 15 días (salvo que le quieras dar más, que eso siempre se puede)

De forma genérica, estoy totalmente de acuerdo con el planteamiento de Raquel. De hecho es el que yo sigo en mi empresa (consideramos los dias de trabajo efectivo entre la reincorproacion tras el descanso de maternidad y los 9 meses del parto. Insisto en lo de "trabajo efectivo", es decir, no descuento solo los dias no laborables sino por ej. aquellos en los que estén planificadas vacaciones. De hecho, si al final existieran, dentro de ese perioda de referencia, más dias de ausencia no considerados en su momento porque no estaban previstos: enfermedad, más vacaciones, permisos..., entiendo que cabría hacer un ajuste, si queremos ser rigurosos). Ese numero de dias de trabajo efectivo lo multiplico por una hora y el total lo divido por las horas de cada jornada diaria del trabajador (si trabaja 8, pues 8 y si son 5 h. pues 5), ello me da el equivalente en dias de trabajo durante los que disfrutará el permiso de lactancia en la opcion acumulada.

Ahora, ese es mi criterio, y por lo que veo, más o menos compartido por Raquel. Pero hemos de tener en cuenta que la Ley de Igualdad introduce la posibilidad de disfrutar le permiso de lactancia de forma acumulada, como alternativa a su disfrute normal dia a día, pero NO REGULA cómo, para ello se deriva al acuerdo entre la empresa y el trabajador o bien los convenios, y ahí nos podemos encontrar de todo. Es muy normal el caso de tu convenio en el que se marca una duración fija del permiso en x dias o semanas, sin considerar los cirterios y matices comentados.

Por tanto, si tu convenio lo regula, ya no te hace falta hacer mas cálulos, salvo, como decia, que expresamente empresa y trabajador quieran acordar voluntariamente otra cosa (bueno, y aún estando fregulado por el convenio, a veces obvia cierts matices que pueden generar polémica: por ej, a menudo fijan un numero de dias sin más, sin considerar la reincorporacion efectiva al trabajo dentro del periodo durante el que se disfrutaria del permiso de lactancia normal. ¿que ocurre si el trabajador piude una excedencia despues de disfrutar del permiso de lactancia acumulado??). Y si el convenio no dice nada, es cuestion de ponerse de acuerdo. Nosotrso te hemos explicado nuestros cirterios, Entendemos que basados en el sentido comun, pero eso puede considerarse subjetivo. Pero si la respuesta no te la da el convenio, no la vas a encontrar en ninguna norma.

Un saludo
 
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