Buenos días, según el convenio de hostelería el cálculo de la nocturnidad se hace con la siguiente formula:
a) Las horas nocturnas durante el período comprendido entre las 22:00 h y las 0:00h tendrá una retribución específica con el 1% sobre el salario base reflejado en las tablas salariales de este
Convenio, aplicando la siguiente fórmula para su cálculo: Incremento valor hora nocturna 22:00h a 0:00h= (Salario Base x 1%) / 4 x 40
No me queda claro si lo estoy haciendo bien: 964.36 x 1% / 160 = 964.36 + 9.64 /160 = 6.09 x número de horas efectivamente trabajadas (en este caso 40 horas) ......¿lo veis correcto?
Gracias
a) Las horas nocturnas durante el período comprendido entre las 22:00 h y las 0:00h tendrá una retribución específica con el 1% sobre el salario base reflejado en las tablas salariales de este
Convenio, aplicando la siguiente fórmula para su cálculo: Incremento valor hora nocturna 22:00h a 0:00h= (Salario Base x 1%) / 4 x 40
No me queda claro si lo estoy haciendo bien: 964.36 x 1% / 160 = 964.36 + 9.64 /160 = 6.09 x número de horas efectivamente trabajadas (en este caso 40 horas) ......¿lo veis correcto?
Gracias