CALCULOS EMBARGO

CHARO

Miembro conocido
Una preguntita que estamos aquí yo y mi compi tarándonos los trastos con el calculo de un embargo. Se trata de una trabajadora con las pagas extras prorrateadas, yo en estos casos tomo como referencia de sueldo inembargable 1125.83 euros, pero mi compañero lo hace por 965 euros, y no hay manera de que nos pongamos de acuerdo. Como lo hacéis vosotros?o_O
 

Sergei

Miembro conocido
Por cierto, este mes me han llegado dos cartitas de la ure para cada trabajador. Una la normal por salarios y otra por dietas y demás.
Esta segunda entiendo que por la totalidad verdad? Sin contar SMI.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Hacienda tiene un criterio: se embarga sobre 965, lo que no lo veo correcto. Pero, vamos, siu lo dicen ellos, no te vas a meter en líos. Es lo mismo que cuando dicen que las indemnizaciones por fin de contrato tributan, en contra del criterio del supremo.
 

Sadie

Miembro conocido
Por cierto, este mes me han llegado dos cartitas de la ure para cada trabajador. Una la normal por salarios y otra por dietas y demás.
Esta segunda entiendo que por la totalidad verdad? Sin contar SMI.
Sí, tengo el mismo caso para un trabajador, en la de salarios aplicar la LEC y en dietas, indemnizaciones etc embargar el total. Eso fue lo que me dijeron cuando llamé porque me extrañó recibir dos notificaciones de embargo por el mismo importe 🤣🤣
 

NOEMI

Miembro conocido
a mi me pasa igual, lo lógico si lo piensas sería hacer por 1125 al tener las pagas prorrateadas pero Hacienda hace 965... como siempre hágalo usted como considere... en fin...
 

Petrus

Miembro conocido
Sí, tengo el mismo caso para un trabajador, en la de salarios aplicar la LEC y en dietas, indemnizaciones etc embargar el total. Eso fue lo que me dijeron cuando llamé porque me extrañó recibir dos notificaciones de embargo por el mismo importe 🤣🤣
A mi me han dicho lo mismo, la de salarios aplicar el cálculo de embargo correspondiente y en indemnizacion o dietas, embargar el total.
Y cada embargo con su transferencia y concepto diferenciado... las empresas están contentísimas.

Para el calculo del embargo yo uso el importe de 965, ya que es como lo calcula hacienda, usan el importe del SMI independientemente del numero de pagas.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Pues yo como Charo... y explico, salario líquido 1000 mensuales
* 1000-965= 35* 30%= 10.50 *14= 147 € retenidos al año (en las pagas extras aplico también 965 a cada una...)
* Si se prorratean las pagas: 1000*14/12= 1166.66 salario mensual - 1125,83= 40,83* 30%= 12,25 * 12= 147€ igual!
* Si le aplicas 965 = 1166.66-965= 201,66 * 30%= 60.50 * 12= 726 € retenidos en el año....
Además no sé en que fecha la AEAT cambió el criterio, pero antes lo hacía como yo... y ya me he dado cuenta que ahora no, antes cobrarán las deudas! Pero lo justo es que de una forma o de otra el cálculo salga igual para las dos formas de retribuir..
 
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