CALENDARIO ERE

rbal

Miembro
Hola Buenas Tardes, me piden en la tramitación de un ERE de suspensión, un calendario con los dias concretos de suspensión de contratos individualizados por cada uno de los trabajadores afectados. La suspensión es total para 6 MESES.

Por favor, alguien me podria proporcionar un modelo?. Gracias anticipadas y saludos.
 

jcg73

Miembro activo
No tiene sentido que la Autoridad Laboral te solicite este calendario, precisamente esta medida sirve para flexibilizar la producción de la empresa en función de períodos de demanda más elevados que otros. Vamos, a mi jamás me han pedido que anticipe un calendario de días de afectación en los EREs de suspensión. Lo que sí tienes que hacer cada mes es enviar el calendario de días de afectación de cada trabajador del mes anterior.
 

rbal

Miembro
Pues me dicen que me lo piden atendiendo a lo establecido en el art.20.6 del Rd 1483/2012, donde dice textualmente " En todo caso, la comunicación deberá contemplar el calendario con los días concretos de suspensión de contratos o reducción de jornada individualizados por cada uno de llos trabjadores afectados..."
 

Ro

Miembro activo
Me imagino que se refieren al Real Decreto 1483/2012 de 29 de octubre por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada:

En la Disposición final segunda, se modifica el art- 22 del Real Decreto 625/1985 :

Punto 1 d)
En el supuesto de aplicación de medidas de suspensión de contratos o reducción de jornada, la comunicación especificará los días concretos en que cada uno de los trabajadores va a quedar afectado por la medida de suspensión de contratos o de reducción de jornada adoptada y , en este último caso, el horario de trabajo afectado por la reducción, durante todo el período que se extienda su vigencia.  Cuando se produzcan variaciones en los datos inicialmente contenidos en la comunicación..... la empresa deberá comunicar dichas variaciones con carácter previo a que se produzcan.

Por lo tanto sí que ahora te piden que especifiques los días, horario, et... lo habías comentado ya aquí en el foro, que para muchas empresas es un tema complicado debido a que no van a saber cuando tienen o no trabajo, sin embargo la ley es clara, y siempre queda la opción de estipular lo más probable posible la medida y de modificar antes de que se produzca la variación en días o en horas según se trate de suspensión o reducción.

Saludos
 

Ro

Miembro activo
Sí, y en el art. 20 Período de consultas, en el punto 6: el empresario deberá comunicar a la autoridad laboral....
Haz un calendario manual en excell nombra a los trabajadores y los días y/o meses que estarán en ERE.
 

jcg73

Miembro activo
Pues sí, ahora lo ponen más complicado, desconocía este reciente R.D., hasta ahora el único calendario que me pedían era el de las vacaciones de los afectados por el ERE.

Saludos,
 
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