el calendario laboral de la madera 2011 firmado pero no publicado establece una serie de dias festivos ( 6 ) para adecuar la 1752 que corresponde trabajar . Estos dias se corresponden siempre con puentes . A la empresa hay puentes que por necesidades de entrega de trabajos a tiempo no puede darselos y ha decidido cambiar dos dias por otros en semana santa . Los trabajadores se niegan porque dicen que eso es ilegal y que si vienen a trabajar concretamente el dia 7 seran horas extraordinarias . Primero. se pueden negar a trabajar a pesar de comunicarlo la empresa por escrito??? y segundo puede la empresa cambiarlos atendiendo a necesidades justificadas??
este convenio estable que se podra cambiar la jornada antes del 31/1 y un segundo cambio antes del 30/4 mas tarde para cambiar hay que ir a lo que diga el ET
el articulo del convenio dice: las empresas podran distribuir la jornada a lo largo del año mediante criterior de fijacion uniforme o irregular. Afectando la uniformidad o irregularidad bien a toda la plantilla , secciones, departamentos por periodos estacional del año. en funcion de las previsiones de cargas de trabajo y desplazamientos de la demanda. La distribucion de la jornada realizada en los terminos precedentes debera fijarse y publicarse antes del 31/1. Una vez establecido en nuevo calendario las modificaciones al mismo deberan ser llevadas a efecto de acuerdo con el ET ar, 34 y 41.
este convenio estable que se podra cambiar la jornada antes del 31/1 y un segundo cambio antes del 30/4 mas tarde para cambiar hay que ir a lo que diga el ET
el articulo del convenio dice: las empresas podran distribuir la jornada a lo largo del año mediante criterior de fijacion uniforme o irregular. Afectando la uniformidad o irregularidad bien a toda la plantilla , secciones, departamentos por periodos estacional del año. en funcion de las previsiones de cargas de trabajo y desplazamientos de la demanda. La distribucion de la jornada realizada en los terminos precedentes debera fijarse y publicarse antes del 31/1. Una vez establecido en nuevo calendario las modificaciones al mismo deberan ser llevadas a efecto de acuerdo con el ET ar, 34 y 41.