Buenas!! Tengo una empresa academia de idiomas.. un trabajador tiene un 200 en junio le pongo inactividad y en septiembre se la quito... He leído que hay que cambiarlos a 300 porque sino en junio no va a tener derecho a prestación por desem.pleo?pensaba que al ser un contrato anterior a la reforma(es de septiembre) debía dejarlo así y luego ya esté septiembre que viene cuando vuelva de su inactividad hacer ya un fd... Que hago? Que habéis hecho en estos casos? Gracias