Cambio de actividad sociedad

ManuelSM2

Miembro
Buenos días, tengo una sociedad en la  que dar de baja su actividad única  para dar de alta una nueva, con todo el lío que ello conlleva. Quería saber los trámites que hay que realizar, porque en el teléfono de atención, cada vez que yo hacía una pregunta, la chica tenía que comunicarse con otro para resolverme la duda, y de todos modos, no me fío del todo de lo que me ha dicho.

Según he entendido, en el caso del CCC, tendría que dar de alta uno nuevo, y pasar a los trabajadores al mismo, subrogándolos. Pensaba que un TA-7 de variación de datos del CCC me podía valer, pero veo que no es así. Aparte presentar escrituras, CIF y tal en la Administración, algo que ya sabía.
Respecto a los autónomos, sí que tendría que entregar el TA 521/5 para variar sus datos. Estamos hablando de autónomos societarios cuya actividad se ejerce a través de la sociedad, y en este caso la cuota de accidente de trabajo les variaría al cambiar la misma.

Tan sólo querría saber los principales trámites. Las consecuencias (Cambio de convenio colectivo), los trámites de fiscal...etc. ya son un tema aparte que  los tengo claros.

Gracias.
 

ManuelSM2

Miembro
FERNANDO dijo:
Yo, simplemente, cambiaría la actividad del CCC.

También lo he pensado, pero de este modo no estaría informando a Seguridad Social de la nueva actividad a la que estaría sujeta la cuota de accidente de trabajo de los autónomos, ¿ no?
Gracias.
 

CHARO

Miembro conocido
Si ya haces la modificación del autónomo por un lado en la que ya le indicas lo que cambia, y por otro la actividad del CCC con el correspondiente CNAE correcto, yo veo que todo quedará informado y sin ningún problema.
 

toni

Miembro conocido
TA7 indicando cambio de actividad, adjunta el nuevo 036, CIF, escrituta, etc etc y sin problema, al menos yo no lo tuve.

En cuanto a los autónomos hay o había un impreso en el que se indicaba que causaba baja en tal actividad y causaba nueva alta el tal actividad, adjuntando la baja del 036 y el alta nueva y lo mismo.

Saludos.
 

Ro

Miembro activo
Si ya figura la nueva en la actividad en el objeto social de la empresa, pues tendrías que hacer un 036 de modificación de datos, baja una actividad y alta la siguiente. (Si no figura como objeto social tendrías que ir antes a la notaria y al registro para ampliación de objeto social)

En la misma fecha del 036, abrir C.C.C. con nueva actividad ( dónde podrías indicar abajo el C.C.C antecesor) y datos con la fecha del alta en hacienda. Comunicación de apertura por cambio de actividad. Bajas 54 en el C.C.C anterior de los trabajadores y alta en el C.C.C. actual indicando el F.I.C. Específico. A la vez harías anexo a los contratos de trabajo de cada uno de los trabajadores y los presentaría en el SEPE.
Con los autónomos administradores y socios, haría variación de datos por cambio de actividad de la s.l.
En principio creo que informando todo esto quedaría correcto el C.C.C., empresa, autónomos y trabajadores.
 

Ro

Miembro activo
Ahora ya no se presenta el TA7, se hace todo on line, no tendrías problema alguno.
 

Ro

Miembro activo
Y por qué? para presentar la documentación? No creo que sea estrictamente necesario, si existe un 036 con la actividad en hacienda, la escritura, cif, etc... tampoco se presentan cuando hay un alta de una s.l. nueva, se da por sentado que los datos son correctos, y la administración puede solicitar la documentación en cualquier momento. Creo yo...
 

toni

Miembro conocido
Lo que comentas es correcto, pero eso es para CCC nuevos. En esta caso creo que solo cambia la actividad, ni el nombre, ni el CIF, por lo que con un TA7 se puede hacer y un TA7 no se puede presentar on-line. En cuanto a presentar la escritura del cambio de actividad, el 036 etc etc etc, bueno, todos sabemos que cada administración es un mundo.

Cierto es que se puede presentar por registro electrónico, pero luego hay que ir a recojerlo.. :p
 

ManuelSM2

Miembro
Ro, en la escritura efectivamente constaba y consta la nueva actividad que voy a dar de alta. Seguramente tanto tú como Toni tengáis razón, quizás lo de abrir un nuevo CCC me lo hayan dicho para facilitarme el trabajo y no ir a la administración. Aunque no las tengo todas que aún haciéndolo todo por Sistema Red no me vayan a exigir documentación, y en todo caso, la variación de los autónomos ( que si no me equivoco Toni, para los societarios es el TA 521/5) también lo tendría que presentar presencialmente.
El tema de los anexos al contrato, era algo que tenía en mente, puesto que el cambio de actividad va a comportar un cambio de Convenio (diferentes derechos laborales, salario...etc.). Dentro de lo que cabe, el dolor de cabeza es menor, al haber 2 trabajadores sólo.
 
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