Cambios de contrato fecha 01.01.2016

campus34

Miembro conocido
Buenos días,
Tengo que hacer varios cambios de contrato el día 01.01.2016. Lo que ocurre que el 1 es festivo, el 2 es sábado y el 3 es domingo.
Entiendo que el 4 ya estaría fuera de plazo para cambios a realizar con fecha 01.01.2016 ¿Es así?

Un saludo,
 

campus34

Miembro conocido
La duda que tengo es que con el tema de los 3 días, no sé si se cuenta el día 1,2 y 3. O bien el 2,3 y 4.

Saludos,
 

MJ1977

Miembro activo
3 naturales, el 1 de enero cuenta, el plazo acaba el 3 de enero de 2016

Háblalo con tu Tesorería, con el jefe de afiliación, más de uno tendremos el mismo problema a ver si te guardan la fecha.
 

Aslasa

Miembro
Esta mañana lo hablaba en el despacho con un compañero, y claro que son naturales, y de hecho lo consulté en TGSS el otro día y me comentaron que escrito y a meter en plazo. Aún a día de hoy no entiendo cómo no se permite en estos cambios
Poder actuar de manera previa.
 

aprendiz

Miembro
La norma establece: "Las solicitudes de baja y de variaciones de datos de los trabajadores deberán presentarse dentro del plazo de los tres días naturales siguientes al del cese en el trabajo o a aquel en que la variación se produzca."

Por lo tanto los 3 días naturales siguientes alcanzan hasta el lunes día 4 de enero inclusive.

Un saludo.
 

Aslasa

Miembro
Gracias por la aclaración aprendiz ya me veía tirando del control remoto en las campanadas  :) ;D
 

ManuelSM2

Miembro
Aprendiz es el que tiene razón, y doy fe. Yo tenía que realizar un cambio de contrato el 6 de diciembre, y por motivos similares no me reincorporé hasta el 9, y no me dio problema alguno al efectuar dicho cambio.
 

ManuelSM2

Miembro
Y en el 901 50 20 50 habrá quien os conteste que los tres días empiezan a contar desde el mismo día de la variación. Ni caso. Que se pueda hacer desde ese día no quiere decir que se inicie el cómputo ahí.
 

Aslasa

Miembro
ManuelSM2 dijo:
Y en el 901 50 20 50 habrá quien os conteste que los tres días empiezan a contar desde el mismo día de la variación. Ni caso. Que se pueda hacer desde ese día no quiere decir que se inicie el cómputo ahí.

De ahí lo que me comentaron, menos mal que estaban equivocados
 
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