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Buenos días,
Tengo que hacer varios cambios de contrato el día 01.01.2016. Lo que ocurre que el 1 es festivo, el 2 es sábado y el 3 es domingo.
Entiendo que el 4 ya estaría fuera de plazo para cambios a realizar con fecha 01.01.2016 ¿Es así?
Esta mañana lo hablaba en el despacho con un compañero, y claro que son naturales, y de hecho lo consulté en TGSS el otro día y me comentaron que escrito y a meter en plazo. Aún a día de hoy no entiendo cómo no se permite en estos cambios
Poder actuar de manera previa.
La norma establece: "Las solicitudes de baja y de variaciones de datos de los trabajadores deberán presentarse dentro del plazo de los tres días naturalessiguientes al del cese en el trabajo o a aquel en que la variación se produzca."
Por lo tanto los 3 días naturales siguientes alcanzan hasta el lunes día 4 de enero inclusive.
Aprendiz es el que tiene razón, y doy fe. Yo tenía que realizar un cambio de contrato el 6 de diciembre, y por motivos similares no me reincorporé hasta el 9, y no me dio problema alguno al efectuar dicho cambio.
Y en el 901 50 20 50 habrá quien os conteste que los tres días empiezan a contar desde el mismo día de la variación. Ni caso. Que se pueda hacer desde ese día no quiere decir que se inicie el cómputo ahí.
Y en el 901 50 20 50 habrá quien os conteste que los tres días empiezan a contar desde el mismo día de la variación. Ni caso. Que se pueda hacer desde ese día no quiere decir que se inicie el cómputo ahí.
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