Buenas, existen convenios que contemplan la cancelación de las anotaciones de las faltas y sanciones en el expediente del empleado, con el objeto de anular sus efectos en una situación de reiteración. Otros convenios no indican nada. La cuestión es si estas anotaciones son indefinidas o habría que aplicarles algun plazo. Se me ocurre que, como mínimo, sería de aplicación los plazos establecidos para la cancelación de los antecentes penales, si no me equivoco: seis meses para las penas leves; dos años para las penas que no excedan de 12 meses y las impuestas por delitos imprudentes; tres años para las restantes penas menos graves; y cinco para las penas graves.
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