Hola!! tengo una duda, tengo un administrador de una sociedad desde el año 2014 que solicitó la capitalización por desempleo a modo de cuotas de autónomos (no inversión) cuando constituyó la sociedad, el caso es que ahora va cesar en su cargo de administrador único y va a ocuparlo su cónyuge (están casados), el va a seguir prestando servicios para la empresa, por lo que yo entiendo que al compartir participaciones sociales(el adm.saliente va aseguir teniendo la mayoría)ambos tienen que cotizar al RETA,¿tendría que devolver el importe que le ha ingresado el Inem hasta ahora a modo de cuotas de autónomos? y ya que estoy otra duda,cuando solicitas la capitalización de la cuota de autónomos,¿puedes pagar las cuotas por la cuenta corriente de la sociedad y que el Inem te ingrese a tí en tu cuenta personal? gracias!!