CASIA: Dónde dije Digo digo Diego

Santiago

Miembro conocido
Ayer:
Una empresa en ERTE que ha sacado a todos los trabajadores en fecha 12 de mayo de 2020 y según indicaba el artículo 3 del RDL18/2020 se comunicó a la Autoridad Laboral la renuncia al expediente de regulación.
¿Puede exonerarse las cuotas del día 1 al 12 de mayo?
¿Tiene que realizar alguna declaración responsable?
Gracias

Resolución del Caso
La declaración responsable solo la tienen que presentar las empresas que tuvieran a 13/05 trabajadores en ERTE COVID, que entendemos no es su caso. La renuncia total al ERTE supone el fin de las exoneraciones. Del 1 a l 12 tendrán derecho a la exoneración.


Hoy:
Empresa en ERTE desde el 01.04.2020 al 03.05.2020 de los 2 trabajadores en plantilla.
El 04.05.2020 se reincorporan a la actividad los 2 trabajadores de la empresa. La empresa pretende exonerar las cuotas del 1 al 3 de mayo. No se ha comunicado declaración responsable porque no tiene trabajadores en ERTE COVID19 el 13.05.2020.
Se ha recibido respuesta de SLD en el que no se aplica la exoneración de cuotas del día 1 al 3 de mayo
¿Dónde está el error? Gracias

Resolución del Caso
Buenos días para aplicar exoneración tiene que comunicar la Declaración responsable 059 y comunicar el cambio de inactividad a R o S (BNR 11/2020), saludos
 

Fedayn

Miembro
SANTIAGO dijo:
Ayer:
Una empresa en ERTE que ha sacado a todos los trabajadores en fecha 12 de mayo de 2020 y según indicaba el artículo 3 del RDL18/2020 se comunicó a la Autoridad Laboral la renuncia al expediente de regulación.
¿Puede exonerarse las cuotas del día 1 al 12 de mayo?
¿Tiene que realizar alguna declaración responsable?
Gracias

Resolución del Caso
La declaración responsable solo la tienen que presentar las empresas que tuvieran a 13/05 trabajadores en ERTE COVID, que entendemos no es su caso. La renuncia total al ERTE supone el fin de las exoneraciones. Del 1 a l 12 tendrán derecho a la exoneración.


Hoy:
Empresa en ERTE desde el 01.04.2020 al 03.05.2020 de los 2 trabajadores en plantilla.
El 04.05.2020 se reincorporan a la actividad los 2 trabajadores de la empresa. La empresa pretende exonerar las cuotas del 1 al 3 de mayo. No se ha comunicado declaración responsable porque no tiene trabajadores en ERTE COVID19 el 13.05.2020.
Se ha recibido respuesta de SLD en el que no se aplica la exoneración de cuotas del día 1 al 3 de mayo
¿Dónde está el error? Gracias

Resolución del Caso
Buenos días para aplicar exoneración tiene que comunicar la Declaración responsable 059 y comunicar el cambio de inactividad a R o S (BNR 11/2020), saludos

Al final la solución informática que comentaba ayer es la de hacer la declaración responsable  ;D ;D ;D
 

Desembre

Miembro
Del boletin 14 que corregía del 11 al 13

INICIO DE LA SITUACIÓN DE FUERZA MAYOR PARCIAL: MES DE MAYO
La situación de fuerza mayor parcial puede concurrir entre el día 1 y el 12 de mayo de 2020.
Se recuerda que, tal y como se indicaba en el BNR 12/2020, por las personas trabajadoras que se han reactivado entre el 1 y el 12 de mayo de 2020, en empresas que se encuentren en situación de fuerza mayor parcial, conforme a lo establecido en el apartado 2 del artículo 1 del Real Decreto-ley 18/2020, resultarán de aplicación las exenciones de la cotización previstas en la letra a) del apartado 2 del artículo 4 de este Real Decreto-ley a partir del día en que se hayan reactivado.
En estas mismas empresas, por las personas trabajadoras que se hayan mantenido en situación de suspensión entre el 1 y el 12 de mayo de 2020, resultarán de aplicación, durante ese período, las exenciones de la cotización previstas en el apartado 1 del artículo 4 de este Real Decreto-ley hasta el día 12 de mayo de 2020. A partir de ese momento resultarán de aplicación las exenciones en la cotización previstas en la letra b) del apartado 2 del artículo 4 hasta el momento en que se reactiven.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
ante la duda prefiero aplicar

la.empresa entendera mejor una decision en aras al beneficio incluso si no es asi, que no haber perdido una ezoneracion.
 

rouxir

Miembro
Consulta:
Empresa que a 13 de mayo ya ha recuperado todos los trabajadores. ¿Puede aplicar las bonificaciones del RD 18/2020 durante
mayo y junio?
Empresa que con posterioridad al 13 mayo recupera a todos los trabajadores. ¿Puede seguir aplicando las bonificaciones con
posterioridad a dicha fecha?

Respuesta de Casia:
Se aplican en las liquidaciones de mayo y junio los porcentajes indicados en el artículo 4.2, apartados a y b, según
corresponda el caso (en mayo o en junio, o menos de 50 trabajadores o 50 a más)
 
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