CCC SECUNDARIO DE EMPRESARIO COLECTIVO

nena2014

Nuevo miembro
Hola!, como veréis, soy novata y aunque llevo tiempo  siguiéndoos y aprendiendo de mucho de vosotros, es la primera vez que entro a formar parte de este foro y como la mayoría comienzo exponiendo algunas dudas que me surgen .
Os explico, mi empresa que hasta la fecha está inscrita en el R.General con dos CCC (principal y secundario) tiene que solicitar otro CCC para otra provincia puesto que ha conseguido una obra forestal ubicadas en diferentes zonas de la provincia.
Mis dudas son:
A la hora de darle de alta al nuevo CCC por sistema RED, me piden el domicilio social (sin problemas) y el domicilio de la actividad, que al no existir una ubicación fija y además dichas ubicaciones en montes,  el sistema no me deja seguir , dando error por falta de datos. ¿Tengo en este caso que hacerlo directamente en la Administración aportando el mod. TA.7 y la documentación  que piden acompañar?
Por otra parte, ¿Al ser una obra forestal puedo darle de alta al nuevo CCC por el sistema especial agrario si  esta de alta en el epígrafe de IAE como 911 servicios agrícola y ganadero?
Un saludo a todos y gracias
:) :) :)
 

leguleyo

Nuevo miembro
¿Y poner el domicilio social/fiscal? Avisando a la mutua y al SPA de las peculiaridades debería ser bastante.
 

nena2014

Nuevo miembro
Si pusiera domicilio social/fiscal el CCC no corresponderia con la provincia donde se realizaria la actividad. He llamado a información y me dicen que pase con el TA7 por la administración correspondiente y lo gestione directamente alli.

Gracias leguleyo
 

leguleyo

Nuevo miembro
En casos como estos, sin centro de trabajo físico en la otra provincia, no suelen poner problemas en Inspección, la verdad.
 

nena2014

Nuevo miembro
ya esta arreglado, hay que poner obligatoriamente un domicilo de actividad, sino no te deja seguir el sistema red, aunque no tiene porque estar concretado en una dirección exacta, sino que existe opción de especificar zona y código postal de la localidad más cercana. 
 

rjgtijola

Miembro
No me queda claro si es preciso o no el abrir en este caso un ccc secundario.
Si no hay centro de trabajo (oficina, almacén...), imaginen una tienda móviles de Madrid que contrata a un trabajador en Málaga para que haga negocio allí (pero no hay oficina) es preciso la ccc secundaria?
 

FERNANDO

Miembro conocido
Bueno es que, en tu caso, igual hablamos de un rep. de comercio. En todo caso, siempre se ha de dar de alta en el lugar de prestación de servicios.
 

rjgtijola

Miembro
Resuelto,según la seg. social hay que solicitarlo e indicar como domicilio el particualr del trabajador.
Si al duración laboral fuese menor de 90 días, se puede "tirar" del principal, pero si no no.
 
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