CCC secundario para empresa cerámcia

nergon

Nuevo miembro
Hola a todos. Recientemente nos ha surgido la siguiente duda en el despacho:
Tenemos un cliente cuya actividad económica es la de elaboración y venta de piezas de cerámica. El CCC está asociado al Convenio Colectivo estatal de "Industrias extractivas, industrias del vidrio, industrias cerámicas y para las del comercio exclusivista de los mismos materiales". Tiene contratadas una dependienta y una pintora de piezas cerámicas, las cuales encajan en dos grupos que establece el convenio colectivo. Ahora, se está planteando contratar de manera temporal (por ahora) a una trabajadora cuyas únicas funciones serían las de impartir cursos de elaboración de cerámica. En el convenio colectivo he estado mirando los grupos y no encajarían las funciones de docencia en ninguno de ellos por lo que nos surge la duda de, si en este caso, lo correcto sería solicitar un CCC secundario asociado a un convenio colectivo de enseñanza (como pudiera ser el de enseñanza no reglada). Porfa, decidme que haríais vosotros.
Muchas gracias!!
 
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