censo elecciones personal y dueños entre los trabajadores

Nikki_sp

Miembro conocido
Hola

Tengo una pequeña duda.

Una empresa tiene 31 trabajadores, 2 de los cuales son dueños de la misma. Al ser una sociedad, cobran con nomina y tienen su contrato de alta direccion.

De cara a elegir representantes de los trabajadores, ¿Cuantos trabajadores hay en el censo? ¿29 o 31?

Gracias
 

Mr. White

Miembro activo
Nikki_sp dijo:
Hola

Tengo una pequeña duda.

Una empresa tiene 31 trabajadores, 2 de los cuales son dueños de la misma. Al ser una sociedad, cobran con nomina y tienen su contrato de alta direccion.

De cara a elegir representantes de los trabajadores, ¿Cuantos trabajadores hay en el censo? ¿29 o 31?

Gracias

¿Dos contratos de alta dirección en una empresa de 31 trabajadores?, ¿y son además los dueños?, ¿raro, no?

En cualquier caso, en el censo laboral deben figurar todos los trabajadores incluidos lo de alta dirección (que es lo que determina el número de RLT a elegir), pero en el censo electoral, que lo hace la mesa, no figuran al no ser ni electores ni elegibles.

En vuestro caso, además, como son 31 ó 29 dependiendo de si se excluyen o no, el tema es que está en juego si son 3 delegados o 1, con su crédito horario... por lo que si los excluís os lo podrían impugnar (sería así si las elecciones no fueran teledirigidas, como parece por lo que huele todo lo que vas preguntando (convenio de empresa para bajar salarios a los nuevos)...
 

Nikki_sp

Miembro conocido
Mr. White no es tan raro, es una empresa con 3 dueños. Uno de ellos es solo socio capitalista (60%), pero los otros 2 son socios trabajadores (20% cada uno), y ademas estan en el consejo de administracion.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
Y si, hay en juego 1 o 3 RLT de ahi viene la duda... Y como no encuentro nada escrito al respecto, he acudido aqui.
 

Mr. White

Miembro activo
Nikki_sp dijo:
Mr. White no es tan raro, es una empresa con 3 dueños. Uno de ellos es solo socio capitalista (60%), pero los otros 2 son socios trabajadores (20% cada uno), y ademas estan en el consejo de administracion.

Lo raro es que haya 2 contratos de alta dirección en una empresa de 30 trabajadores.

 

Mr. White

Miembro activo
En cualquier caso, legalmente para el censo laboral se cuentan los contratos de alta dirección...es la mesa - que no la empresa- quien a partir de ese censo laboral hace el censo electoral...y ahí es donde se excluyen contratos de alta dirección (además se puede excluir de la condición de ser elegible a un director de RRHH, por ejemplo, que no tenga contrato de alta dirección, pues dependerá de si pueden ser elegibles no ya que se tenga contrato de alta dirección, sino que se tenga poder de la empresa,...).

 
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