Buenos días
Tengo un trabajador en el régimen de artistas que trabaja cada 15 días
Por lo tanto lo que hago es comunicar el alta y baja a la TGSS el día que presta servicios
Y en el programa de nóminas (A3nom) indico en una incidencia el día que entra y sale
Por ello, cada mes trabaja 2 o 3 días
¿Hay que enviar el certificado de empresa al SEPE cada vez que resta servicios?
Es decir, si en febrero trabaja el día 9 y el 23, ¿hay que enviar un certificado de empresa del día 9 y otro certificado de empresa del día 23?
Gracias
Tengo un trabajador en el régimen de artistas que trabaja cada 15 días
Por lo tanto lo que hago es comunicar el alta y baja a la TGSS el día que presta servicios
Y en el programa de nóminas (A3nom) indico en una incidencia el día que entra y sale
Por ello, cada mes trabaja 2 o 3 días
¿Hay que enviar el certificado de empresa al SEPE cada vez que resta servicios?
Es decir, si en febrero trabaja el día 9 y el 23, ¿hay que enviar un certificado de empresa del día 9 y otro certificado de empresa del día 23?
Gracias