Certificado maternidad reducción de jornada

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I

ilsa74

Guest
Tengo que enviar por RED un certificado de maternidad de una trabajadora que está en reduccion de jornada desde el 1 de octubre de 2014.
La base del mes anterior que tengo que grabar en RED es por la que se cotizó (y ya computa el INSS el incremento al 100%) o tengo que grabar yo la base incrementada?
 

Raquel GR

Miembro activo
las bases reales por las que cotizas, la reducida, al estar bien grabada la reducción por maternidad ellos ya incrementarán bases.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, en princpio es así, aunque me gustaría confirmar el criterio exacto que siguen.
¿Lo hacen por simple regla de 3 partiendo de la base de cotización real y el coeficiente de parcialidad?
lo digo porque no necesariamente todos los conceptos incluidos en la base se devengan en proporción a ese coeficiente.
Por ej. un plus de transporte que, en principio debe devengarse por el mismo importe con o sin reducción de jornada.
O un seguro médico que la empresa pague a los trabajadores, independientemente de su jornada (cotizará la prima integra).
Es que temo que en muchos casos esa integración de la base  al 100% que se supone hace el INSS de oficio puede ser excesiva. Y es que no disponen de la infiormación suficiente (ni la piden).

¿Alguien lo tiene constrastado? (como la prestación es por pago directo, desde la empresa, si la trabajadora o trabajador no nos lo facilitan , no podemos saberlo. No nos afecta directamente (al fin y al cabo quien puede pagar de más es el INSS), pero tengo igualmente esa inquietud.

Saludos
 

Raquel GR

Miembro activo
PUes Nando, lo normal es que incrementen tal cual a saco, pero ahora si tienen esa información si la quieren pues mandamos los CRA, otra cosa es que el sistema esté preparado para esos cálculos, pero vamos que ni idea. ;D
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Yo temo que lo harán a saco, como tú dices Raquel, sin reparar en que hay conceptos cuyo devengo no es proporcional a la jornada y, por tanto, integran en exceso. Pêro reconozco que es pura especulación. Nunca he conseguido que ningún afectado (beneficiaio de la prestacion de maternidad con reducción de jornada por guarda legal iniciada en los dos últimos años) me lo haya podido confirmar.

Saludos
 
I

ilsa74

Guest
Os cuento mi caso. A finales de junio, principios de julio tuve que enviar dos certificados de maternidad de dos trabajadoras con reducción de jornada.
Trabajadora 1: Maternidad el 17 de junio. Cuando voy a grabar el certificado (a finales de junio) me aparecen ya las bases de mayo con lo cual no puedo grabar yo la base incrementada. He intentado contactar con la trabajadora para ver lo que le dijeron en el INSS (tengo confianza con ella y me dijo que ya me diría), pero con su reciente maternidad esta un poco ocupada y todavía no he podido.
Trabajadora 2: Maternidad el 3 de julio. Viendo el certificado de la trabajadora 1 (aunque con dudas), grabo la base de cotización sin incrementar del mes de junio. En este caso si que me deja, ya que todavía no estaban enviados los seguros sociales de junio. Al día siguiente me llaman del INSS para que les mande un fax con la base incrementada.

Así que, Nando_bcn, lo del criterio me da la sensación de que no lo hay  ;D ;D ;D
Yo intentaré confirmarlo con la trabajadora 1, ya que con la 2 me pidieron la base y será por la que paguen la prestación.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero... no lo entiendo.
¿Te dicen que debes integrat tú la base al 100%???
¿No lo hacen ellos de oficio? (por eso tengo ms dudas sobre el criterio que siguen).
La empresa, obviamente maneja bases que se corresponden con los devengos de los coneptos que cotizan (aunque hay mucha confusió  sobre si se debe cotizar como si se trabajara a jornada completa, y no, ya sabemos que se cotiza sgun los devengos sujetos a cotización, y si se trabaja menos, los concetos devengados en función del tiempo de trabajo son menores). Luego ya es la SS la que entiendo incrementará esas bases en caos como estos a la hora de definir la base reguladora de esta prestación.
Pero si ahora piden que lo haga la empresa, primera noticia. Igual no te he entendido.
 
I

ilsa74

Guest
Hola Fernando, si me has entendido bien, me pidieron que enviase yo la base sin la reducción de jornada.

En el certificado de empresa en papel pone lo siguiente:
¿Tiene reducción de jornada por guarda legal? En caso afirmativo, indique desde qué fecha e informe en el apartado siguiente las bases de cotización, por contingencias comunes y profesionales, que le hubieran correspondido en el mes anterior al inicio del descanso sin aplicación de reducción de jornada.

De ahí mi duda con que base informar, y como informé la base reducida, me llamaron para que les mandase la base sin aplicación de la reducción de jornada. La trabajadora solo tiene conceptos fijos, con lo cual fue sencillo, pero entiendo lo que planteas. Y si además la trabajadora antes de la maternidad tiene un riesgo embarazo o una IT, ya ni te cuento.
 
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