El contrato de trabajo no hace falta para la principal, la subcontrata debe aportar los datos de los trabajadores que entran en el centro de trabajo de la principal, lo suficiente para identificarles, vida laboral, etc. Aparte la preceptiva coordinación de actividades en RRLL: información del puesto, riesgos del centro, estar al día la subcontrata en el concierto, vigilancia de la salud si es necesaria, etc.