cierre negocio sin causa economica

bealaboral2

Nuevo miembro
Buenos días,

Agradecería mucho que me ayudaran respecto al siguiente tema:
Si mi empresa cierra, no es por causas económicas sino por motivos personales, ¿que ocurre con el personal? ¿Como se le indemnizaría con 20 días o 45?
Gracias,
Un saludo
 

bealaboral2

Nuevo miembro
Hola,

Te comento, la empresa cierra no porque vaya mal económicamente sino  por causa de una tragedia familiar han decidido ponerla fin. Por eso mi pregunta es que indemnizacion correspondería, creo que debería ser por la maxima( improcedente) pero no estoy segura...
Un saludo,
Gracias
 

Mr. White

Miembro activo
Lamento la situación.

En todo caso, si la tragedia consiste en la muerte o incapacidad del empresario, y por eso cierran, la indemnización es de un mes.

En otros casos, entiendo que la indemnización será la correspondiente a improcedente, pues las causas para los despidos objetivos están tasadas y la situación que comentas no encaja en ellas.

Otra posibilidad es que traspasen el negocio y los trabajadores se subroguen y pasen a la empresa que se haga cargo del negocio (habría que ver actividad, Convenio aplicable, qué elementos se transmiten,...).

Saludos.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ha salido una reciente sentencia, según la cuál, aún y no habiendo motivaciones de tipo económico, se debe ir por la vía del art. 51 en caso de cierre de negociio, siempre que se llegue a los límites numéricos, aún y no habiendo razones económicas, productivas o técnicas, todo ello en contra de lo dicho por la anterior doctrina.

Eso sí, irías por la vía del 51, pero siempre teniendo en cuenta que el ERE, si no se llega a pacto, sería no ajustado a derecho, con lo que habría que acabar pagando 33 + 45 días.

En cuanto a lo del mes en caso de muerte de empresario de acuerdo.... si no se trata de sociedad, claro.
 
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