Cláusula de Formación

ManuelSM2

Miembro
Buenos días,
Una empresa que tiene como actividad la reparación y mantenimiento de vehículos de motor, realiza constantemente formación de electromecánica a los trabajadores, lo cual les supone un coste elevado, y claro, evidentemente cuando tienen una baja voluntaria de alguno de ellos  no es que les siente muy bien.
Quería saber qué tipo de cláusulas legales se pueden acordar y cuándo, con los trabajadores, para asegurar de algún modo, el coste invertido en ellos.

Gracias.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ninguna, pues ese trata de formación para el puesto de trabajo, no para un proyecto específico.
 

ManuelSM2

Miembro
Leyendo el Artículo 21 del E.T. entiendo que el pacto de permanencia no se podría realizar por el motivo que dice Fernando.
Más ajustado sería, una vez extinguida la relación laboral, el de no competencia, como has comentado, Aslasa. Pero aún así, tengo mis dudas. Está claro que para realizar un pacto, el motivo ya no podría ser el de la formación(permanencia en la empresa), sino que el empresario: "tenga un efectivo interés industrial o comercial en ello demostrable."  ??? (pacto de no competencia).
No sé cuál es el criterio para saber esto, puesto que ese interés puede ser muy variado/relativo. Ya ni cabe decir la dificultad que supone realizar un pacto a cumplir tras finalizar el contrato, con las cantidades acordadas anteriormente.
 

Aslasa

Miembro
Totalmente de acuerdo, difícil de cuantificar y difícil de prosperar una reclamación, ya que puede dar mucho juego aquí la categoría en la nueva empresa..
 

FERNANDO

Miembro conocido
Tampoco lo veo, la verdad. Además, hay que compensar al trabajador por ello, no valiendo como compensación la formación dada, claro está.
 
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