Hola, menudo éxito,
lo planteo de otra manera, a ver si alguien me contradice:
Entiendo que un contrato 100 Indefinido, jornada completa le puedo aplicar la tarifa plana si supone un incremento del nivel de empleo y de indefinidos. Pero me planteo, además, que sea un contrato de relevo por un jubilado parcial, esto es, el nivel de empleo aumentará únicamente en el porcentaje que trabajará el jubilado parcial, ya que la jornada completa que hacía éste, la hará ahora el relevista.
Si hasta aquí, estáis de acuerdo, perfecto, y ahora la duda, cuando tramito el alta, qué código de desempleado para el relevista (100) anoto, P de tarifa plana, o 1 (desempleado, ya que es requisito que esté inscrito como desempleado)??