Tengo dudas respecto a como actuar en el tema laboral respecto a un colegio concertado, agradecería si hubiese alguien que lleve algún centro similar y me pueda ayudar a resolver alguna duda. Por ejemplo, si hay que hacer un contrato de sustitución posterior al inicio del curso escolar, ellos establecen que la fecha máxima que abonan de nómina y por tanto de seguros sociales es como máximio hasta el 30 de junio. Mi duda es, ¿que se hace con este trabajador desde el 01/07 hasta la reincoporación del trabajador sustituído? porque entiendo que el contrato debería continuar si no hay reincorporación ¿se da de alta en otro CCC de la empresa y que tiene que asumir el coste la empresa? ¿Se debe comunicar este cambio de CCC también al SEPE?
A ver si tengo suerte y hay alguien que me pueda ayudar en este tema. Gracias
A ver si tengo suerte y hay alguien que me pueda ayudar en este tema. Gracias