Buenas tardes.
Me gustaría conocer su opinión al siguiente caso.
Se produce un incendio en una vivienda unifamiliar que es casi siniestro total, se procede a la reconstrucción de la misma, solicitando al Ayuntamiento de turno las oportunas licencias.
Las escrituras originales, no se modifican, ya que la reconstrucción se realiza sobre los mismos cimientos de la vivienda siniestrada, como así se puede demostrar por los nuevos planos realizados por el arquitecto de turno.
Ahora dicha vivienda se ha vendido y me gustaría saber como calcular el valor de adquisición, teniendo presente que primero se compro el solar, a los dos años se hizo la construcción de la vivienda incendiada y posteriormente la reconstrucción de la misma.
He intentado buscar legislación al respecto poero no he sido capaz de encontrar nada.
Gracias antcipadas por sus comentarios.
Me gustaría conocer su opinión al siguiente caso.
Se produce un incendio en una vivienda unifamiliar que es casi siniestro total, se procede a la reconstrucción de la misma, solicitando al Ayuntamiento de turno las oportunas licencias.
Las escrituras originales, no se modifican, ya que la reconstrucción se realiza sobre los mismos cimientos de la vivienda siniestrada, como así se puede demostrar por los nuevos planos realizados por el arquitecto de turno.
Ahora dicha vivienda se ha vendido y me gustaría saber como calcular el valor de adquisición, teniendo presente que primero se compro el solar, a los dos años se hizo la construcción de la vivienda incendiada y posteriormente la reconstrucción de la misma.
He intentado buscar legislación al respecto poero no he sido capaz de encontrar nada.
Gracias antcipadas por sus comentarios.