Hola a todos, tengo una duda a ver si me podéis ayudar. Tengo a un trabajador que es CONDUCTOR-MECÁNICO en una empresa de transportes de mercancías por carretera. Este trabajador hace, además de conducir, reparaciones importantes en los vehículos. He leído el convenio y hablado con sindicatos y llego a la conclusión que el conductor-mecánico sólo puede hacer reparaciones muy elementales, nunca reparar un vehículo con una averia grave (desmontarlo, montarlo, etc..). La cuestión es que a veces conduce y a veces hacer reparaciones gordas. El convenio establece la categoría para conductor y la categoría para empleado de taller (jefe, operario, etc..) ¿Cómo se informa esta cuestión para que si tiene un accidente conduciendo esté cubierto y si tiene un accidente reparando esté cubierto? (si lo tengo de conductor y se lesiona como mecánico tengo problema, si lo tengo como mecánico y tiene un accidente de tráfico, tengo problema). Con el sueldo no hay problema porque le pagaría el más alto, pero ¿Cómo explicar que hace las dos funciones y que valga?, ¿Un simple anexo en contrato explicando la cuestión?. Un saludo.