Compatibilidad bonificaciones

JLC

Nuevo miembro
Tengo un caso de una mujer con un contrato de conv.ind. contrato formativo y ahora se reincopora de su maternidad. Mi duda viene por el tema de si ambas son compatibles. Si miras la Ley parece que no, y por lo que he visto en alguna consulta anterior de este foro la cosa parecía que iba por ahí, pero ahora en cambio me dicen en Tesorería que se ha cambiado de criterio y que son compatibles. Lo cierto es que en el TA2 que me sale después de informar lo de mujer reincorporada aparecen ambas bonificaciones. He hecho la consulta al INEM para ver que me dicen.
 

Raquel GR

Miembro activo
Hola,

Si que es cierto, han cambiado el criterio, te aplicas las dos con el límite del 100% de la cuota empresarial, claro.

Es un criterio establecido por la Dirección General de trabajo, ratificado por sentencia judicial.

Saludos.
 

JLC

Nuevo miembro
Me acaba de contestar el INEM y ahora me dicen que son incompatibles. Es para alucinar.

En respuesta a su consulta de fecha: 29/09/2009: No son compatibles. La empresa debe optar por la bonificación que estime mejor. Ver artículo 7 de la Ley 43/2006.

Luego aparece la coletilla que la respuesta no es vinculante y con eso se quedan tan panchos.

Me voy a aplicar las dos y ya veremos por donde salen las cosas.
 

Raquel GR

Miembro activo
Aplicate las dos sí, con el límite que te digo, ojo, en el TA2 te las pone las dos completas el que tiene que controlar el límite eres tú.

Yo del INEM... me lo creo todo.
 

JLC

Nuevo miembro
Ahora me doy cuenta de cómo le puedo poner el colectivo bonificado. En mi programa de nómina por cada tipo de contrato sólo le puedes poner un colectivo. Me imagino que cada bonificación se ha de identificar con el colectivo correspondiente....
 

javier

Miembro
Efectivamente son compatibles y así lo tienes reflejado en la resolución del alta.

Otra cosa es que lo puedas reflejar en los documentos de cotización.

Mientras no se dicten las correspondientes instrucciones para su reflejo en los documentos de cotización el procedimiento será el de la solicitud de devolución de ingresos indebidos.

Yo he visto informes del SPEE que recogían que las bonificaciones eran compatible, y que parece ser ha sido ratificado por sentencia, que por cierto me gustaría conocer.

Saludos
 

Cleo

Nuevo miembro
Al hilo de este tema, os expongo mi caso, a ver si me podéis orientar.Un trabajador tiene
-Bonificación de la cuota empresarial de 100 euros al mes por desempleado mayor de 45 años
-Por otro lado, mientras se aplicaba la bonificación anterior, la tgss le comunica que al cumplir 65 años y tener 35 años cotizados, al seguir trabajando, está exonerado del pago de cotizaciones sociales, salvo it derivada de contingencias comunes y las contingencias profesionales.Entonces ahora sólo paga:
-el 0.28% por it a cargo del trabajador
-el 1.42% por it a cargo de la empresa
-y el 1.80% por at/ep a cargo también de la empresa
La cuestión es que esto se podría interpretar de dos maneras:
1.- Que a las CUOTAS EMPRESARIALES (el 1.42 de it a cargo de la empresa, y el 1.80 de at/ep), se les podría aplicar la bonificación de 100 euros, por lo que en el tc sólo se pagaría el 0.28% a cargo del trabajador
2.- Que como la bonificación que se aplica a los mayores de 65 años con + de 35 cotizados, ya es el 100% de la cuota empresarial x contingencias comunes, por lo que no cabe aplicar otra bonificación, ya que la suma de las diferentes bonificaciones no puede exceder del 100% de la CUOTA EMPRESARIAL DE CONTINGENCIAS COMUNES.
 
Arriba