Compensación de horas

lufita

Nuevo miembro
Buenos días. Tenemos el caso de una empresa que hace compensación de horas extras en descanso pero a la inversa: teniendo un horario fijo la trabajadora (está a jornada parcial), cuando hay menos trabajo, la hace irse a veces más pronto o entrar más tarde y esas horas la empresa se las anota y luego se las hace recuperar cuando hay más trabajo. Esto, por supuesto, de forma unilateral por parte de la empresa y sin que la trabajadora pueda decidir nada, entiendo que esto vulnera a todas luces el derecho a la conciliación laboral de los trabajadores con contratos a jornadas parciales... vosotros que haríais en este caso? Que se niegue a hacer esas horas de menos trabajo alegando a que ella tiene su horario fijo y que luego le compensen las que genere de más con un descanso proporcional o abonándoselas como "horas complementarias" (que además, no hay ningún pacto firmado, por lo que no tendría ni por qué hacerlas...). Gracias!!
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Aplicar los límites que el ET o, en su caso, Convenio contemplan para la distribución irreguar de jornada (% de jornada susceptible distribuir de forma irregular, preaviso...).
Obviamente no son horas extras. Como comentas, es el revés, "te hago trabajar menos y cuando me interese, recuperas"). Si está dentro de esos límites o hay mutuo acuerdo, no hay problema (otra cosa es lo que la empleada considere hasta dónde debe pasar por el aro, claro).
 
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