Tengo por delante un despido en el que el trabajador adeuda por un crédito con la empresa una cantidad de dinero a esta.
La idea que tiene la empresa es abonar la indemnización en conciliación pero me surgen dudas de que después haya problemas con el paro o con inspección por el hecho de que no se pueda acreditar que la indemnización no se haya abonado....se podría reflejar la compensación en el acta de conciliación?
Os ha ocurrido alguna situación similar?
La idea que tiene la empresa es abonar la indemnización en conciliación pero me surgen dudas de que después haya problemas con el paro o con inspección por el hecho de que no se pueda acreditar que la indemnización no se haya abonado....se podría reflejar la compensación en el acta de conciliación?
Os ha ocurrido alguna situación similar?