Compensación festivos

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ilsa74

Guest
Trabajadora a tiempo parcial con horario de lunes a viernes de 9:30 a 14:10 h, se había hecho el porcentaje de la jornada teniendo en cuenta los festivos (convenio de 1758 horas anuales a jornada completa; en su caso 60% de la jornada, 1055 horas al año). Ahora me dice la empresa que necesita que trabaje los festivos, he pensado en un cambio de horario ajustando la jornada a las 1055 horas anuales. Lo véis correcto? o tendría que compensarle los festivos con otro descanso por la semana (no sabado ni domingo) aunque por convenio exista una complemento por festividad?


 

Mr. White

Miembro activo
Antes que nada, habría que ver cómo se define ese complemento por festividad, porque lo normal es que diga cómo se paga el festivo que se trabaja y, además, que tiene derecho a otro día.

Y lo de ampliar el horario para que trabaje los festivos, suena raruno, la verdad...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Los festivos, salvo que el convenio diga nada, se compensan con otro día de descanso, o bien con el salario del día aumentado en un 75%. Ese festivo no se trabaja, tenga el horario que tenga, pues que es derecho necesario. Y, si se trabaja, se compensa como digo (o como indique el convenio).
 
I

ilsa74

Guest
Ante todo gracias por contestar, Mr. White y Fernando
Pego el artículo del convenio donde aparece el complemento por festivos
Complemento por trabajo en días festivos.
1. El personal que deba trabajar efectivamente en días festivos, estuviera ello inicialmente previsto o no en su calendario laboral, y preste sus servicios en los catorce festivos tipificados en el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores, tendrá derecho a percibir un complemento por cada uno de los días festivos trabajados. Independientemente de lo anterior si el personal trabajara un día festivo de los que tuviese contemplados inicialmente como de descanso en su calendario laboral, tendrá derecho a disfrutar como descanso de un día de los fijados inicialmente como de trabajo en su calendario laboral.
2. El complemento de festividad regulado en el presente artículo se abonará íntegramente al trabajador o trabajadora por una jornada ordinaria, correspondiendo al trabajador/a la parte proporcional si trabaja más o menos horas en día festivo.
3. La cantidad a percibir por el trabajador o la trabajadora en concepto de complemento de festividad se calculará multiplicando el número de horas mensuales efectivamente trabajadas en jornada festiva por 3,50 €.

Creo que me he explicado mal. No le voy a ampliar el horario para que trabaje los festivos, si no a reducirlo porque si trabaja los festivos (los que coincidan con su horario de lunes a viernes), y con el porcentaje de jornada que tiene, se me pasa de horas anuales de convenio. Su jornada sería, ahora, de 4 horas y 44 minutos y los días laborables de lunes a viernes, quitando vacaciones (25 laborables) y festivos serían 223, con lo que me saldrían las 1055, pero si trabaja festivos y no se le compensan con descanso, solo me queda ampliarle la jornada o reducirle el horario.
 

Mr. White

Miembro activo
Jeje, vaya redacción... :eek:

Como vas por la empresa, lo interpretaría así:

Si trabaja todos los festivos, se le da un día por festivo y además el complemento.

Si trabaja solo algún festivo, se la da un día laborable libre por festivo (y siempre que no preste servicios los 14 festivos).

si trabaja los festivos (los que coincidan con su horario de lunes a viernes), y con el porcentaje de jornada que tiene, se me pasa de horas anuales de convenio. Su jornada sería, ahora, de 4 horas y 44 minutos y los días laborables de lunes a viernes, quitando vacaciones (25 laborables) y festivos serían 223, con lo que me saldrían las 1055, pero si trabaja festivos y no se le compensan con descanso, solo me queda ampliarle la jornada o reducirle el horario.

Es que le tienen que compensar con descanso sí o sí.
 
I

ilsa74

Guest
Si, tienes razón la redacción es para tirarse de los pelos  :-[

Gracias, Mr. White. Ahora, a ver como se lo hago entender a la empresa  :'(
 
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