Buenos dias,
Tengo una duda con respecto a como se calcula el limite de ingresos para poder acceder a los complementos por minimos.
Mi padre se va a jubilar este mes y no estoy segura de si tiene derecho al complemento. Cuando se jubile tendra los
siguientes ingresos:
-Aquiler de una vivienda: 5000 aprox.
-Ingresos por la venta aceituna de un pequeño olivar: 4000 aprox. por campaña
El caso es que en la pagina de la seguridad social
http://www.seg-social.es/Internet_1/Pensionistas/Revalorizacion/Complementosaminimos/index.htm pone que:
"Los complementos por mínimos serán incompatibles con la percepción por el pensionista de rendimientos del trabajo, del
capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales, de acuerdo con el concepto establecido para dichas rentas en
el IRPF y computados conforme a lo establecido en el artículo 50 de la LGSS, cuando dichas rentas excedan de 7.098,43 euros
al año."
Mi duda esta en que son "rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas". Habria que sumar los 5000 y
4000 en cuyo caso no tendria derecho o lo que sirve son los valores, que en la declaracion de la renta, aparecen como
rendimiento neto. Me estoy refiriendo a las casillas 154-174 del apartado "Actividades agrícolas, ganaderas y forestales
realizadas y rendimientos obtenidos".
Tengo una duda con respecto a como se calcula el limite de ingresos para poder acceder a los complementos por minimos.
Mi padre se va a jubilar este mes y no estoy segura de si tiene derecho al complemento. Cuando se jubile tendra los
siguientes ingresos:
-Aquiler de una vivienda: 5000 aprox.
-Ingresos por la venta aceituna de un pequeño olivar: 4000 aprox. por campaña
El caso es que en la pagina de la seguridad social
http://www.seg-social.es/Internet_1/Pensionistas/Revalorizacion/Complementosaminimos/index.htm pone que:
"Los complementos por mínimos serán incompatibles con la percepción por el pensionista de rendimientos del trabajo, del
capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales, de acuerdo con el concepto establecido para dichas rentas en
el IRPF y computados conforme a lo establecido en el artículo 50 de la LGSS, cuando dichas rentas excedan de 7.098,43 euros
al año."
Mi duda esta en que son "rendimientos del trabajo, del capital o de actividades económicas". Habria que sumar los 5000 y
4000 en cuyo caso no tendria derecho o lo que sirve son los valores, que en la declaracion de la renta, aparecen como
rendimiento neto. Me estoy refiriendo a las casillas 154-174 del apartado "Actividades agrícolas, ganaderas y forestales
realizadas y rendimientos obtenidos".