Complemento antigüedad convenio artes gráficas

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
Convenio de artes gráficas y manipulados del papel

7.3.5 Complemento de antigüedad.
El personal comprendido en este Convenio disfrutará, como complemento personal de antigüedad, de un aumento periódico por el tiempo de servicios prestados a la misma empresa, consistente en dos trienios y quinquenios sucesivos.
El módulo para el cálculo y abono del complemento personal de antigüedad será el último salario base percibido, más el complemento ex categoría en su caso, sirviendo dicho módulo no sólo para el cálculo de los trienios o quinquenios de nuevo vencimiento, sino también para el de los ya percibidos.
La cuantía del complemento personal de antigüedad será del 3 por 100 para cada trienio y del 3 por 100 para cada quinquenio.

Si una persona trabajadora lleva 3 años en la empresa, ¿cobra 1 trienio?
No entiendo el primer párrafo cuando habla de 2 trienios y quinquenios sucesivos

Gracias
 

GUSTAVO PEAGUDA PEREZ

Miembro activo
Yo entiendo que primero tiene derecho a dos trienios. Uno cuando haga tres años y otro cuando cumpla seis años y luego a partir de ahi seran cada quinquenio sucesiva. Cobrara entonces a los 11 años: dos trienios y un quinquenio.

Asi lo entiendo yo.
 
Arriba