complemento de antiguedad

SUKY

Nuevo miembro
buenos Dias!!
queria saber si el complemento de antiguedad de una persona que esta contratada a tiempo parcial hay que prorratearlo o no.

yo entiendo que no porque depende exclusivamente de la fecha de inicio de un contrato y no de la jornada que realiza. ¿que opinais?

gracias un saludo
 

fundación

Miembro conocido
Entiendo que va en función de lo que diga el convenio, en cuanto a cobrarlo proporcionalmente o no.
 

Clo

Nuevo miembro
No se si os entiendo...
si el convenio dice que a los 3 años cobrará un % sobre su salario base (p.ej)
pues a los 3 años (independientemente de la jornada que haga) cobrará en función de su salario base, que obviamente se habrá calculado en función de su jornada (en este caso, parcial).
 

Pedro G

Miembro
Imagino que si hace la consulta es porque el convenio no habla de porcentajes, sino de cantidades.  ;)
 

FERNANDO

Miembro conocido
Depende de lo que el convenio quiera decir al respecto. Hay que leer el trasfondo. Por ejemplo, si no dice nada, pero habla de 30 días de salario base, entonce, se prorratea, pues el salario base se paga en función de la jornada trabajada. Si habla de un mes de SMI, lo mismo, pues el SMI se paga en proporción a la jornada también.
 

CHARO

Miembro conocido
Si el convenio marca por antiguedad una cantidad concreta (pongamos 42 euros), yo estoy con fundación y se las pagaría integras. Para mi viene a ser igual que el criterio que se sigue con el plus dis.y trans.
 

Clo

Nuevo miembro
ah, vale! ya se porque me parecía tonta la pregunta, jaja
bueno, que nos diga suky que establece exactamente el convenio
 

fundación

Miembro conocido
Obviamente es cuando se trata de un plus de antigüedad marcado en cantidad, no en porcentaje pues ahí no hay problema. Dado que no es un complemento salarial con relación a la duración de jornada sino al mero tiempo de permanencia en la empresa se debería aplicar íntegro salvo lo dispuesto en convenio.
 
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