El rdl 20/12 (d.a. 18)regula los complementos de i.t. para personal de la administración del estado.
Pero dice que complementa al 100% en caso de hospitalización.
Mi duda es:
¿Se abona el 100% sólo por los días que está hospitalizado, y una vez fuera del hospital, y manteniendo la situación de it, se le reduce el porcentaje?¿O significa que se le incrementará al 100% toda la it, indempendientemente los días q haya estado hospitalizado?
Gracias y saludos,
Pero dice que complementa al 100% en caso de hospitalización.
Mi duda es:
¿Se abona el 100% sólo por los días que está hospitalizado, y una vez fuera del hospital, y manteniendo la situación de it, se le reduce el porcentaje?¿O significa que se le incrementará al 100% toda la it, indempendientemente los días q haya estado hospitalizado?
Gracias y saludos,