Gracias, fundación.
Esto es lo que pone el convenio:
El complemento empresarial ha de percibirse durante el proceso máximo de 18 meses, duración máxima de la IT, y durante la prórroga extraordinaria de la IT, conforme a las reglas recogidas en los apartados siguientes
La trabajadora lleva desde julio del 2014 de baja por IT, por lo tanto le correspondería percibirlo.
Un saludo.