Buenos días,
os comento el caso: una trabajadora es declarada en i.p.t con efectos retroactivos. De forma previa se encontraba cobrado la incapacidad temporal, por pago delegado de la empresa. El convenio prevé el abono del complemento. Entonces, mi duda es la siguiente: debe devolver la trabajadora, el complemento a la empresa que ha percibido desde la fecha de efectos de la incapacidad permanente hasta que se emitió la resolución?un saludo, gracias.
os comento el caso: una trabajadora es declarada en i.p.t con efectos retroactivos. De forma previa se encontraba cobrado la incapacidad temporal, por pago delegado de la empresa. El convenio prevé el abono del complemento. Entonces, mi duda es la siguiente: debe devolver la trabajadora, el complemento a la empresa que ha percibido desde la fecha de efectos de la incapacidad permanente hasta que se emitió la resolución?un saludo, gracias.