Igual te has confundido con que este complemento ´sí tributa (pero eso no es ninguna novedad).
Pero cotizar..., es de la pocas excepciones que tras las novedades que ha supuesto el RD 16/2013 (sumadas a las ya operadas en julio del 2012) aun sigue considérandolas como exentas el art. 109 de la LGSS (puede mirarlo para comprobarlo).
Saludos