InmaRase
Miembro activo
chicos a ver si me podéis ayudar, tengo un convenio colectivo que dice lo siguiente respecto al complemento de las bajas médicas:
Las empresas afectadas por este Convenio, desde el quinto día de la correspondiente baja, inclusive, en enfermedad de más de treinta días, complementarán las prestaciones de los seguros de enfermedad y accidentes de trabajo, hasta el 100 por 100 del salario durante un plazo máximo de doce meses, a partir de la baja.
¿ Que entendéis vosotros? cuando cumpla el 30 día de baja médica comienza a generar el derecho a esete complemento??
Las empresas afectadas por este Convenio, desde el quinto día de la correspondiente baja, inclusive, en enfermedad de más de treinta días, complementarán las prestaciones de los seguros de enfermedad y accidentes de trabajo, hasta el 100 por 100 del salario durante un plazo máximo de doce meses, a partir de la baja.
¿ Que entendéis vosotros? cuando cumpla el 30 día de baja médica comienza a generar el derecho a esete complemento??