COMPLEMENTO IT

FIRMAMENTO

Miembro activo
Please, tengo un convenio que dice: "Se garantiza a todos los trabajadores la percepción del 75% de su retribución salarial desde el cuarto día inclusive, de la IT derivada de EC."

Entiendo que en este caso el complemento de la IT solo abarca del cuarto día al vigésimo día de baja de IT, ya que a partir del día 21 de baja ya se cobra el 75% que paga el INSS.

Lo veis así o estoy diciendo una locura ¡¡¡

Gracias.
 
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