Hola,
como sabéis, el ET impone a la empresa la obligación de informar a los representantes legales de los trabajadores (comité de empresa o delegados de personal) de las faltas graves y muy graves que se impongan a los trabajadores.
¿Creéis que es suficiente con informar de la sanción en sí (trabajador sancionado, calificación de la falta y sanción impuesta), sin dar más detalles de los hechos, o bien entendéis que debe facilitarse también ese información de detalle, incluso la copia de la propia comunicación de la sanción al trabajador?.
Si echo mano de los modelos del memento, su redactado se ajusta a la primera opción, es decir, simplemente informar que tal trabajador ha sido sancionado con tal sanción (por ej. x días de suspensión de empleo y sueldo) por cometer una falta de tal calificación (grave o muy grave).
En cambio, si miras webs de sindicatos, guías que publican,etc., como era de esperar, dan por sentado de que hay que informar tambien de los detalles de la falta comentida, y, por supuesto, entregar copia del comunicado de sanción).
En fin, si además de experiencias personales, sugerencia, etc, alquien tiene el tema más o menos contrastado, agradeceré su aportación.
Saludos
como sabéis, el ET impone a la empresa la obligación de informar a los representantes legales de los trabajadores (comité de empresa o delegados de personal) de las faltas graves y muy graves que se impongan a los trabajadores.
¿Creéis que es suficiente con informar de la sanción en sí (trabajador sancionado, calificación de la falta y sanción impuesta), sin dar más detalles de los hechos, o bien entendéis que debe facilitarse también ese información de detalle, incluso la copia de la propia comunicación de la sanción al trabajador?.
Si echo mano de los modelos del memento, su redactado se ajusta a la primera opción, es decir, simplemente informar que tal trabajador ha sido sancionado con tal sanción (por ej. x días de suspensión de empleo y sueldo) por cometer una falta de tal calificación (grave o muy grave).
En cambio, si miras webs de sindicatos, guías que publican,etc., como era de esperar, dan por sentado de que hay que informar tambien de los detalles de la falta comentida, y, por supuesto, entregar copia del comunicado de sanción).
En fin, si además de experiencias personales, sugerencia, etc, alquien tiene el tema más o menos contrastado, agradeceré su aportación.
Saludos