Eric Arthur Blair
Miembro activo
Buenos días,
El Art. 41.2 del RD 84/1996 de 26 de enero dice:
Los empresarios que conozcan la situación de pluriempleo de sus trabajadores que se determina en el apartado 4.2.º del artículo 7 de este Reglamento comunicarán las altas y las bajas de los mismos, con mención expresa de la existencia de dicha situación y declaración de las retribuciones del trabajador para que por parte de las entidades gestoras y la Tesorería General de la Seguridad Social se realicen de oficio las actuaciones que procedan a efectos de cotización y de protección.
Los propios trabajadores en situación de pluriempleo están asimismo obligados a comunicar tal situación a los respectivos empresarios y a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la misma para que por ésta se inicien de oficio las actuaciones que procedan.
A estas alturas de la vida, donde el GRAN HERMANO, sabe más de nuestras empresas/trabajadores que nosotros mismos, ¿seguís comunicando la situación de pluriactividad a la TGSS?, en caso afirmativo:
¿Cómo lo hacéis vosotros?
El Art. 41.2 del RD 84/1996 de 26 de enero dice:
Los empresarios que conozcan la situación de pluriempleo de sus trabajadores que se determina en el apartado 4.2.º del artículo 7 de este Reglamento comunicarán las altas y las bajas de los mismos, con mención expresa de la existencia de dicha situación y declaración de las retribuciones del trabajador para que por parte de las entidades gestoras y la Tesorería General de la Seguridad Social se realicen de oficio las actuaciones que procedan a efectos de cotización y de protección.
Los propios trabajadores en situación de pluriempleo están asimismo obligados a comunicar tal situación a los respectivos empresarios y a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social o Administración de la misma para que por ésta se inicien de oficio las actuaciones que procedan.
A estas alturas de la vida, donde el GRAN HERMANO, sabe más de nuestras empresas/trabajadores que nosotros mismos, ¿seguís comunicando la situación de pluriactividad a la TGSS?, en caso afirmativo:
- En el caso de conocer la situación de pluriempleo en el momento de la contratación ¿cómo lo haceis? (Casia, registro electrónico, otros, etc...)
- En el caso de conocer la situación de pluriempleo una vez el trabajador ya está contratado ¿cómo lo haceis? (Casia, registro electrónico, otros, etc...)
¿Cómo lo hacéis vosotros?