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Entonces, sino entiendo mal, siempre que a una EH se le incremente el sueldo debemos de notificarlo a la TGSS, sea SMI un incremento por IPC o Pacto entre ambas partes?
Entiendo que entonces tendría que haber comunicado la modificación con efectos del 1 de enero no? Me acabo de percatar ahora al sacarle la nómina a la trabajadora. :'(
Gracias Fernando, eso era algo que quería comentar como anexo a mi pregunta, pero quedo en mi cabeza, : :, y por el momento no tenemos lectores de mente.
Ah, claro! Con el incremento del smi no se salta de tramo. Sigue siendo el penúltimo, con lo cual el TGSS ya aplica directamente la base de cotización correspondiente a ese tramo para el 2018. Gracias a todos!
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