Comunicaciónes en Certifi@

EL NOMINAS

Miembro activo
Buenos días,

Podéis acceder a la aplicación de comunicación de periodos de inactividad. Empiezo mañana mis vacaciones y a esta marcha....
 

Aslasa

Miembro
Aprovechad ahora que deja entrar sin problemas, ya veremos a mitad de la jornada si deja o no... :(
 

ManuelSM2

Miembro
Aprovechando este hilo, quisiera que me aclararias una duda que tengo ¿ El envío del certificado de empresa empieza a contar desde la baja del trabajador o desde que finalizan las vacaciones remuneradas del mismo? El envío lo realizé dentro del plazo de 10 días tras la baja, pero ahora quería machacar el anterior con uno nuevo, y ya no estoy dentro del plazo de la baja aunque sí de las vacaciones.
Gracias.
 
I

ilsa74

Guest
Yo entiendo que desde la baja, pero el plazo según una consulta que hice al SEPE es el siguiente:
"Las empresas y demás sujetos obligados al envío del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal deberán realizar el envío en el momento en el que se produzca el cese, suspensión o reducción de la relación laboral cuando el trabajador haya manifestado con anterioridad al empresario su voluntad de solicitar prestaciones por desempleo, o al día siguiente a aquel en que el trabajador solicite de forma expresa el certificado al empresario, si lo hace posteriormente.

Referencia normativa: Art. 4 de la Orden TIN/790/2010, de 24 de marzo, por la que se regula el envío por las empresas de los datos del certificado de empresa al Servicio Público de Empleo Estatal por medios electrónicos."
 
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