Al ser despido disciplinario, con que le informéis de dicho despido (por supuesto pro escrito) sería suficiente (en los objetivos por causa económica sí hay que darle una copia de la carta, pues así lo ordena el ET expresamente. Bueno, en realidad dice copia del "escrito del preaviso", pero el Supremo ha dicho que es copia de la carta).
En todo caso, en caso de despido disciplinario, si no le informáis no afecta al despido (es decir no es causa ni de improcedencia ni de nulidad), solo supondría una infracción administrativa si os denuncia el RLT a la Inspección de trabajo.