Yo pensaba que cuando un trabajador se ausenta de su puesto sin causa justificada y se procede a descontar dicho día en nómina y cotizar ese día por la base mínima era suficiente y no era necesario hacer comunicación por red pero con el SILTRA me dá error esa empresa por esta circunstancia y me han dicho que hay que comunicarlo como Alta sin remuneración.
Os lo suelen poner en plazo cuando se trata de hechos así o cómo lo soléis hacer?
Os lo suelen poner en plazo cuando se trata de hechos así o cómo lo soléis hacer?