Comunicar inactividad ERTE sin exonerar cuotas

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
Según el Boletín de Noticias RED de 15 de abril de 2020
Los trabajadores incluidos en un ERTE por fuerza mayor COVID-19 a los que resulte de aplicación la exoneración de cuotas, se identifican con los valores V, W o X, según proceda, del campo TIPO DE INACTIVIDAD
Los trabajadores incluidos en un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, a los que no resulte de aplicación la exoneración de cuotas, se identifican con los valores E, F o G, según proceda, del campo TIPO DE INACTIVIDAD.

¿Cómo se informa de los trabajadores en ERTE por fuerza mayor que no se aplica la exoneración de cuotas por haber presentado los ERTEs con posterioridad al 28.03.2020, según la «Disposición transitoria primera. Limitación a la aplicación a los expedientes de regulación de empleo?
2. Las medidas extraordinarias en materia de cotizaciones y protección por desempleo previstas en los artículos 24 y 25 serán de aplicación a los afectados por los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada comunicados, autorizados o iniciados, con anterioridad a la entrada en vigor de este real decreto-ley, siempre que deriven directamente del COVID-19.»

¿Serían los valores E, F, G?
 

fundación

Miembro conocido
Dice serán de aplicación a los afectados por los procedimientos de suspensión de contratos y reducción de jornada comunicados,
autorizados o iniciados, con anterioridad
...  Si el procedimiento se inicia con efectos retroactivos, aún siendo comunicado o autorizado después, entiendo que es aplicable, salvo mejor opinión.
 

Santiago

Miembro conocido
Nosotros entendemos que todos los ERTEs presentados a partir del 28 de marzo, aunque la fecha de efectos será el 14 de marzo, no podrían exonerar las cuotas.
 

fundación

Miembro conocido
No comparto ese criterio, a ver si alguien más opina.

En resumen: si se han suspendido los contratos por fuerza mayor antes del 28 de marzo, sería aplicable la exoneración.
 

msalem

Miembro
y yo entiendo que cuando habla de: con anterioridad a la entrada en vigor de este Real decreto se refiere al RD ley 8/2020 de 17 de marzo, no con anterioridad al real decreto ley 9/2020 de 27 marzo, por lo que yo creo que las medidas extraordianrias siguen aplicándose incluso a los presentados después del 28/03...
salvo mejor opinión



 

SHGOROEL

Miembro conocido
Estoy con msalem, es una modificación del RDl 8, y es de aplicación a los ERTES presentados desde el día 15 de marzo al día 18 de marzo, anteriores a que saliera el decreto 8, y para que se les pudiera aplicar también la exoneración.  No habla nada de los que se han presentado después.  Si es que me dais cada  susto...aunque ya no estoy segura de nada de lo que leo.
 

DANIEL

Nuevo miembro
Yo también me he llevado un susto.  He envejecido dos años de golpe
El tema es como menciona msalem
 

DavidGA

Miembro activo
Bajo mi punto de vista en los casos de ERTE por fuerza mayor del artículo 22 del real decreto ley 8/2020, lleva implícito en todos con independencia de la fecha de inicio la exoneración de cuotas
 

NOEMI

Miembro conocido
Ahora me he quedado mosca.hoy vamos a presentar uno de una empresa de reformas también por fuerza mayor porque no pueden entrar en las casas.iba a exonerar cuotas .es correcto?
 

Santiago

Miembro conocido
Hola Noemí
Yo después de los comentarios de los compañeros entiendo lo mismo que ellos, que la exoneración se refiere a los ERTES presentados entre el 14 y el 17 de marzo
 

NOEMI

Miembro conocido
yo creo que cualquier erte por fuerza ,mayor que tenga su causa en el covid puede exonerarse de cuotas independientemente de cuando se inicie la suspensión,¿no crees así? que mas da que se presente ahora que hace un mes si la cusa y el origen es el mismo?
 
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