CONCATENACIÓN DE CONTRATOS

Cleo

Nuevo miembro
UNA EMPRESA TENDRÍA Q CONVOCAR UNA PLAZA FIJA.
MIENTRAS, PARA CUBRIR ESA PLAZA SE CONTRATA A UN TRABAJADOR CON CONTRATO EVENTUAL (¿?) DE SEIS MESES.
ACABA EL CONTRATO, SE INSCRIBE COMO DEMANDANTE DE EMPLEO Y SE VUELVE A CONTRATAR AL DÍA SIGUIENTE CON CONTRATO DE INTERINIDAD.
LA NORMA ESTABLECE Q PARA CONTRATOS DE INTERINIDAD MIENTRAS SE CUBRE UNA PLAZA, EL PLAZO MÁXIMO DE DURACIÓN ES DE 3 MESES.
AHORA ACABAN LOS 3 MESES.
YO ENTIENDO Q EL TRABAJADOR ES INDEFINIDO, XQ EL PRIMER CONTRATO FUE INCORRECTO, Y ADEMÁS SE CONCATENÓ CON EL OTRO.
PERO LA EMPRESA NO QUIERE HACERLO FIJO, POR LO Q SUPONGO Q SI EL TRABAJADOR RECLAMA LO MÁS Q HARÁ SERÁ PAGARLE LA INDEMNIZACIÓN.
LA CUESTIÓN ES: LA EMPRESA NO TIENE INTENCIÓN DE SACAR ESA PLAZA DEFINITIVA ¿PUEDE ESTAR CONTRATANDO INDEFINIDAMENTE A DISTINTOS TRABAJADORES CON CONTRATOS DE INTERINIDAD CADA 3 MESES? ¿ESO SE CONSIDERARÍA LEGAL?
GRACIAS Y SALUDOS,
 

FERNANDO

Miembro conocido
Hombre, considero que sería un claro fraude de ley, por lo que los contratos serían indefinidos.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues si, la cosa huele a fradue en al contratacion temporal, pero en todo caso habría que ver cómo puede defender la causa de temporalidad del contrato inicial eventual. Ahora queda claro que se trata de una necesidad fija de la empresa, y posiblemente hace 6 meses tambien lo era, pero... ¿puede existir la posibilidad de que en aquel momento fuera defendible la temporalidad del puesto de trabajo que ahora tenemos claro es indefinido?

A ver..., es sólo por elucubrar un poco. En el terreno de las hipotésis todo es posible y vuelvo a repetir que con casi toda seguridad éste no será el caso, pero imaginad que tengo una tienda, para la campaña de Navidad decido contratar eventualmente a un dependiente, ya que lo hago ante el previsible aumento de actividad durante esas fechas. Acaba la Navidad y extingo el contrato en le fecha prevista. Luego veo que la actividad previsible del negocio justifica incorporar de forma estable a un empleado más, pienso realizar un conttrato indefinido. No descarto el tomarme  mi tiempo para poder identificar al empleado que lo ocupará definitivamente entre más candidatos, pero, de momento, decido contar con el dependiente que acaba de finalizar el contrato eventual de Navidad, contratandolo como itnerino durante los 3 meses que como máximo me permite la norma para cubrir el proceso de selección. Leugo ya veré si lo acabo contratando a él como indefinido o contrato a otro candidato que haya podido identificar durante ese tiempo.

La verdad es que yo no soy muy dado a empalmar diferentes contratos temporales, pero cuando ha sido oportuno lo he hecho, pero siempre sobre la base de que estábamos ante un encadenamiento legal y dentro de los límites permitidos. Así, como ejemplo, y ya sé que no es el mismo caso, hace un tiempo contratamos de forma eventual a una operadora para cubrir el periodo de vacaciones. Al finalizar el mismo extinguimos su contrato. Como coincidía que pocos dias antes otro empleado, fijo, adscrito al mismo servicio, habia iniciado un proceso de IT que previsiblemente iba a ser bastante largo, decidimos cubrir su puesto mediante contrato de interinidad contratando de nuevo y de forma consecutiva a esa misma empleada que habia acabado su  contrato eventual.
En cada caso exsitía una causa de temporalidad real y adecuada al tipo de contrato y la empresa no ha pretendido sacar otro beneficio de ello. En ese sentido, evidentemente, no se le volvió a señalar un periodo de prueba (puesto que estábamos hablando del mismo puesto y empresa) y si finalmente pasa a indefinida vamos a reconocerla la antigüedad acumulada desde su contrato contrato incial como eventual.

Con esto quiero decir que, vale, que seguro que lo expuesto en la consulta es un fraude, pero si hubiera expuesto el ejemplo que he comentado al final, así, sin más matices, posiblemente alguien  hubiera afirmado tambien quen estábamos ante un claro fraude. Con ello solo quierom advertir de las afirmaciones sistemáticamente tajantes. Seguro que tenéis razon, pero hay que analizar cada caso en su contexto, con sus matices (que no siempre conocemos) y con todo rigor.

Un saludo





 
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