Correcto, porque por ejemplo 6 meses en una relación laboral de 10 años entre idas y venidas, interrupciones de por aquí y por allí perfectamente puede no romper la unidad de vínculo.
Aquún una del TS de interrupción de 13 meses que no rompe el vínculo:
http://ignasibeltran.com/2016/04/20/sucesion-contratos-temporales-irregulares-una-interrupcion-de-13-meses-no-rompe-la-unidad-esencial-del-vinculo-sts-24-2-16/