CONCILIACION EN DESPIDO IMPROCEDENTE

gesfi

Nuevo miembro
Una pregunta, si yo retengo el correspondiente IRPF en un despido improcedente, estaria cumpliendo con la ley? hago la liquidacion, calculo la indemnizacion y le retengo sin ir al SMAC, que pasaria? por parte de la empresa estaria cumpliento? el trabajador si quiere que demande el no?
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Recuerda aplicar la reducción del 40% si el trabajador lleva dos o más años.

Y yo, del trabajador, por supuesto reclamaría, para tratar de llegar al menos a conciliación y conseguir, hasta los límites legales, la exención de la tributar.
 

signifer

Miembro
dudas dijo:
Perdona Nando_bcn como es lo de la reducción del 40% si lleva más de dos años??

El IRPF considera que si la indemnización se devengó en un periodo superior a 2 años, se trata de una renta irregular. Entonces la parte de la indemnización que deba tributar tendría una reducción por irregularidad del 40% y tributaria el 60% restante.

Saludos
 
Arriba