Trabajadora que trabaja en unos grandes almacenes de bricolaje conocidos por todos, despues de dar a luz, solicita de la empresa una reduccion de la jornada de trabajo y concreccion horaria, resulta que trabaja en jornada continua de 7 horas con turnos rotativos semanales de mañana y tarde, ella solicita reduccion de 1/8 y siempre en turno de mañana, pues es dificil por la regularidad de la niña mantener los dos turnos, (8 a 15 o de 15a 22 horas) pues ese cambio semanal entiende podria ser perjudicial para ella que necesita una regularidad.
El proceder de la empresa ( de buena fe) ha sido no contestar justo hasta un dia antes de su reincorporación, no negando expresamente su derecho pero sin aceptar lo del horario en turno de mañana, lo que ha ocasionado un grave quebranto a la trabajadora pensando que ante la falta de respuesta lo daba por concedido o aceptado por la empresa, que como unica solucion le ha invitado a pedir la baja voluntaria o solicitar una excedencia, (verblamente claro).
Para salir del trance, no le ha quedado mas remedio que pedir la lactancia y las vacaciones de invierno y lógicamente presentar demanda de concreccion horaria.
He leido varias resoluciones (sentencias) al respecto, pero no tengo claro si los tribunales vienen admitiendo lo de la concrección horaria pasando a un solo turno, pues en algun caso lo admiten y en otros no, el caso es que hay otra trabajadora de una seccion distinta que si le ha sido autorizado, desconociendo su nombre y circustancias.
Me interesaria conocer vuestra opinion y experincia sobre el tema, las posibilidades a vuestro juicio de obtener una resolucion favorable y como puedo solicitar la prueba en la demanda para conocer las circustancias de la cooncesion a la otra trabajadora autorizada por si hay discriminacion
Gracias por vuestra colaboracion.
El proceder de la empresa ( de buena fe) ha sido no contestar justo hasta un dia antes de su reincorporación, no negando expresamente su derecho pero sin aceptar lo del horario en turno de mañana, lo que ha ocasionado un grave quebranto a la trabajadora pensando que ante la falta de respuesta lo daba por concedido o aceptado por la empresa, que como unica solucion le ha invitado a pedir la baja voluntaria o solicitar una excedencia, (verblamente claro).
Para salir del trance, no le ha quedado mas remedio que pedir la lactancia y las vacaciones de invierno y lógicamente presentar demanda de concreccion horaria.
He leido varias resoluciones (sentencias) al respecto, pero no tengo claro si los tribunales vienen admitiendo lo de la concrección horaria pasando a un solo turno, pues en algun caso lo admiten y en otros no, el caso es que hay otra trabajadora de una seccion distinta que si le ha sido autorizado, desconociendo su nombre y circustancias.
Me interesaria conocer vuestra opinion y experincia sobre el tema, las posibilidades a vuestro juicio de obtener una resolucion favorable y como puedo solicitar la prueba en la demanda para conocer las circustancias de la cooncesion a la otra trabajadora autorizada por si hay discriminacion
Gracias por vuestra colaboracion.