CONCRECIÓN HORARIA

Cleo

Nuevo miembro
Queda claro que si hay reducción de jornada por guarda legal el trabajador tiene derecho a concretar horario (que como ya vimos, puede ser denegado por el empresario si hay causa justificada).
PREGUNTA:pero, y en el caso de que el trabajador NO reduzca su jornada x guarda legal ¿también tendría preferencia para adaptarse a la jornada que mejor le viniera?
En su empresa hacen turnos mañana tarde y noche incluso los fines de semana y no es muy grande...
(De todas maneras, pensaba decirle que aunque fuera se redujera el mínimo la joranda para, aparte de asegurarse el intentar concretar su jornada, quedaría su contrato blindado)
Gracias y saludos,
 

FERNANDO

Miembro conocido
En principio, no. Pero el  34.8 DEL ET habla de que el trabajador podrá pactar con el empresario la distribución de la jornada para atender mejor a la conciliación de la vida familiar. El Supremo en sentencia dijo que si no hay pacto nada tiene el trabajador que hacer. Pero, ojo, el Constitucional creo que lo podría tirar atrás. Imagina una mujer que pide un mejor horario para cuidar a sus hijos. Aquí, pues el empresario tendría que aducir razones para no conceder dicho cambio.
 

elchuske

Miembro conocido
yo discrepo y no creo que el constitucional lo pudiera tirar atras ya que se le esta ofreciendo al trabajador una posibilidad de reducir su jornada y ademas concretarla cuando quiera y ademas blindar su contrato. Si despues de todo esto, el trabajador no hace utilizacion de esos derechos es que no los quiere, es decir renuncia, por lo tanto su tratamiento es como cualquier trabajador .
 

FERNANDO

Miembro conocido
No estoy de acuerdo; si el trabajador solicita un horario diferente para atender a la familia, el empresario puede decir que no. Claro. Pero siemrpe aduciendo razones de tipo productivo, nunca diciendo no y punto. Creo el supremo no tiene razón.
 
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