Concurso acreedores

Javie

Miembro
Buenos días,

A ver si me podéis ayudar en lo siguiente:

Empresa declarada en concurso de acreedores en fecha anterior a mi solicitud de ejecución de una conciliación judicial no cumplida... dicha empresa pide la nulidad de actuaciones al ser mi petición posterior a la declaración del concurso.... ME PUEDO AGARRAR A ALGO para que no levante el Juzgado el embargo sobre una cantidad que ahora mismo está retenida??

Imagino que la respuesta es q no, pero por si acaso...

Graciasss!
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues me temo que tiene razon la empresa. Sera el juez del concurso el que decida. Mira el art. 8.3 de la Ley 22/2003.
 

Javie

Miembro
Me lo temía...

Pq otra cosa sería si mi proceso fuera anterior en fecha verdad  ( art. 55 de la misma Ley )??

Gracias Fernando y un saludo.
 

Javie

Miembro
Según el artículo 55.2 de la Ley Concursal, verdad?

Gracias Fernando, pq ando de un perdido en estos temas ( y en otros jejeje).

Saludos
 

LABOR

Miembro activo
segun mi opinión, hay una excepción: una ejecución laboral previa que ya se hubiesen embargado bienes y que no sean vitales para la continuidad de la actividad de la empresa concusada (art 55.1.2 LC)
 
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