CONCURSO DE ACREEDORES FOGASA PRESCRIPCION CASO RARO

Ferinho

Miembro activo
Buenas compañeros,

Trabajador que le adeudan  nóminas de 2015 y 2016. Despedido en febrero de 2016 y le adeudan la  indemnización. Por amistad con el empresario no reclamó nada a la espera de "futuro concurso de acreedores". Solo tiene un documento privado de reconocimiento de deuda emitido en febrero de 2016.

El concurso de acreedores no se inicia hasta mayo de 2019. El trabajador comparece y le notifica a la administradora concursal que le adeudan esos salarios, aporta las nóminas y el reconocimiento de deuda. La administradora concursal reconoce la deuda y la califica como credito ordinario y emite un certificado con los creditos salariales que se le adeudan.

El trabajador sabe que no va a cobrar de la empresa ya que no tiene activo y nos pregunta posibilidad de reclamar al FOGASA, mi opinión es que el FOGASA  no va a pagar nada por prescripción , ya que los salarios son del 2015 y 2016 y ya pasado 1 año sin que se haya interrumpido el plazo (aunque haya un reconocimiento de deuda privado  este  es del 2016 y ademas no afecta a la prescripción del FOGASA).

Consultado en el FOGASA, nos dicen que lo presentemos igual, porque les choca que la administradora concursal los haya incluido, y que ya decidirán.

¿que opináis? ¿alguna posibilidad?
 

Ferinho

Miembro activo
NADIE? :) quizá alguna idea o esperanza?

La única rendija que vemos es que la administradora concursal lo haya incluido en el pasivo y haya emitido la certificación y que el fogasa pague sin comprobar la prescripción ya que solo hemos aportado el certificado de la administrado y nada más...

 
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